Las detracciones son un tema importante que todo empresario debe conocer, ya que pueden afectar significativamente el flujo de efectivo de su negocio. En este artículo te mostraremos qué son las detracciones, quiénes están obligados a pagarlas, cuándo se aplican y cuál es el porcentaje correspondiente.
¿Qué son las detracciones?
Las detracciones (SPOT), es un sistema de recaudación de fondos creado por SUNAT para el pago de impuestos y/o multas que se aplica a las operaciones de venta de bienes o prestación de servicios únicamente sujetos a este sistema. Por consiguiente, en términos un tanto más simples, no son más que depósitos realizados por el cliente que ayudan al vendedor a generar fondos para cumplir con sus obligaciones tributarias.
¿Cómo así?
Por ejemplo, si Sebastian compra camarones (producto sujeto a detracción 1.5%) a Juan por S/. 800.00 Entonces, al momento de pagarle Sebastian a Juan, lo hará de dos formas:
- Sebastian pagará en efectivo o en depósito a la cuenta de juan únicamente S/. 788.00
- Esa diferencia (S/. 12.00) Sebastian depositará a la cuenta de detracciones de juan, y juan solo podrá usar ese fondo para pagar sus impuestos y/o multas.
Y eso es todo con respecto a este sistema de recaudación de impuestos creado por la SUNAT. No obstante,
¿Qué puede pagar la empresa con las detracciones?
Únicamente con estos fondos se podrá pagar lo siguiente:
- Tributos
- Multas
- Anticipos y pagos a cuenta de tributos
- Gastos por cobranza coactiva o sanciones, generadas por SUNAT.
- Medidas cautelares
- Aportaciones a EsSalud y ONP
Sin embargo, también puede solicitar la liberación de fondos siempre que se cumpla con los requisitos establecidos por sunat.
¿Quiénes están obligados a pagar las detracciones?
En Perú, la obligación de pagar las detracciones recae tanto en el vendedor como en el cliente.
Pero, ¿Por qué en ambos?
Porque si no está el depósito de la detracción:
- El vendedor no estaría cumpliendo con respetar aquello que la sunat nos exige.
- El comprador, por su parte, no podrá usar esa factura como crédito fiscal para reducir el pago de sus impuestos de él mismo.
Ya que en una operación de venta, el depósito de la detracción lo puede hacer tanto el vendedor como el cliente:
- Si el cliente hace el depósito de la detracción. Entonces, al vendedor solo le pagará la diferencia.
- En cambio, si el cliente le paga la totalidad de la factura al vendedor. Entonces, el vendedor tiene que hacerse el auto depósito de la detracción (autodetracción).
Por otro lado, no todos los bienes y servicios están sujetos a este sistema. Por consiguiente,
¿Qué productos y servicios están afectos y cuál es el porcentaje de las detracciones?
El porcentaje de las detracciones varía según el bien o servicio en cuestión. En general, el porcentaje de detracción oscila entre el 1.5% y el 15%. Por lo que, aquí te presento la tabla de los bienes y servicios sujetos a detracción con su porcentaje actualizado al 2025 según sunat.
ANEXO I – Bienes
ANEXO I -BIENES | ||
N° | Definición | Porcentaje |
1 | Azúcar y maleza de caña | 10% |
2 | Alcohol etílico | 10% |
ANEXO II – Bienes
Siempre que el monto de la operación sea mayor a S/. 700.00
ANEXO II – BIENES | ||
N° | Definición | Porcentaje |
1 | Recursos hidrobiológicos | 4% |
2 | Maíz amarillo duro | 4% |
3 | Arena y Piedra | 10% |
4 | Residuos, subproductos, desechos, recortes, desperdicios y formas primarias derivadas de los mismos | 15% |
5 | Carnes y despojos comestibles | 4% |
6 | Harina, polvo y “pellets” de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos | 4% |
7 | Madera | 4% |
8 | Oro gravado con el IGV | 10% |
9 | Minerales metálicos no auríferos | 10% |
10 | Bienes exonerados del IGV | 1.5% |
11 | Oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV | 1.5% |
12 | Minerales no metálicos | 10% |
13 | Caña de azúcar | 10% |
14 | Bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneración | 10% |
15 | Aceite de Pescado | 10% |
16 | Leche | 4% |
17 | Páprika y otros frutos de los géneros capsicum o pimienta | 10% |
18 | Plomo | 15% |
Operaciones Exceptuadas:
- Si el importe de la operación es igual o menor a S/. 700.00
- En comprobantes de pago que no permitan sustentar el crédito fiscal, como boletas de venta y liquidaciones de compra.
- Recibos emitidos por los servicios públicos de suministro de energía eléctrica y agua; así como por los servicios públicos de telecomunicaciones que se encuentren bajo el control del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de OSIPTEL.
ANEXO III – Servicios
De igual forma, siempre que el monto de la operación sea mayor a S/. 700.00 con excepción del servicio de transporte de carga.
ANEXO III – SERVICIOS | ||
N° | Definición | Porcentaje |
1 | Intermediación laboral y tercerización | 12% |
2 | Arrendamiento de bienes | 10% |
3 | Mantenimiento y reparación de bienes muebles | 12% |
4 | Movimiento de carga | 10% |
5 | Otros Servicios Empresariales | 12% |
6 | Comisión Mercantil | 10% |
7 | Fabricación de bienes por encargo | 10% |
8 | Servicio de transporte de personas | 10% |
9 | Contratos de Construcción | 4% |
10 | Demás servicios gravados con el IGV | 12% |
11 | Servicio de transporte de carga | 4% |
El porcentaje para el servicio de transporte de carga es del 4 % o el valor referencial, el que resulte mayor
Operaciones Exceptuadas:
- Si el importe de la operación es igual o menor a S/. 700.00
- En comprobantes de pago que no permitan sustentar el crédito fiscal, como boletas de venta y liquidaciones de compra.
- Recibos emitidos por los servicios públicos de suministro de energía eléctrica y agua; así como por los servicios públicos de telecomunicaciones que se encuentren bajo el control del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de OSIPTEL.
- Las empresas que prestan el servicio de transporte ferroviario público de pasajeros.
- Las empresas que prestan el servicio de transporte acuático de mercancías en tráfico nacional, sea este marítimo, fluvial o lacustre.
- Las empresas que prestan el servicio de transporte aéreo de carga dentro de los límites del territorio nacional.
¿Cómo se calcula el monto de las detracciones?
El monto de las detracciones se calcula sobre el valor total del bien o servicio, incluyendo los impuestos correspondientes. Para hacer el cálculo, se multiplica el valor total por el porcentaje de detracción correspondiente. El resultado es el monto que se debe detraer por concepto de detracción.
Por ejemplo, si el valor total de una venta de Madera es de S/ 10,000 y el porcentaje de detracción es del 4%, el monto de la detracción sería de S/. 400.00
¿Cuándo se paga las detracciones?
Las detracciones se pagan hasta la fecha de pago total o parcial, o dentro del quinto (5) día hábil del mes siguiente a aquel en que se realiza el registro del comprobante en el registro de compras.
Conclusión
Las detracciones son un mecanismo de pago importante en Perú que garantiza el cumplimiento de ciertas condiciones en la venta de bienes y servicios. Aunque pueden parecer confusas al principio, es esencial que los empresarios y dueños de pequeñas empresas en Perú comprendan su funcionamiento y cuándo están obligados a pagarlas.
Si estás interesado en saber más sobre las detracciones y cómo afectan a tu negocio, te recomendamos que consultes con un experto en contabilidad en Perú. En DeContador, nuestro equipo de expertos en contabilidad está siempre dispuesto a ayudarte a entender mejor las obligaciones fiscales de tu negocio y cómo cumplirlas de manera efectiva.
Recuerda que el cumplimiento de las obligaciones fiscales es esencial para el éxito de cualquier negocio. No dejes de lado temas importantes como las detracciones y asegúrate de estar siempre al día con las últimas regulaciones fiscales en Perú. ¡Tu negocio lo agradecerá!
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Soy un apasionado de la tecnología, me encanta la lectura y amo la contabilidad. Contador, redactor de temas contables, fundador y CEO de Decontador.
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